Coincidiendo con su 111 aniversario publicamos hoy una crónica del último ajusticiamiento que tuvo lugar en Alba de Tormes y de los hechos que lo motivaron, basado, en su totalidad, en datos e informaciones recogidas de distintos medios de comunicación de la época.
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El día amanecía frío, nublado... desapacible. A pesar de ello, Alba despertaba presa de una frenética actividad.
Sus fondas y pensiones se encontraban completamente ocupadas desde el día anterior, el tren el mixto de la línea del oeste, procedente de Salamanca, llegó de madrugada repleto de viajeros y antes de despuntar el día ya confluían hacia ella, por todas las veredas y caminos, una riada de personas que, apresuradas, se dirigían hacia la parte más elevada de la villa donde aquel viernes 10 de diciembre de 1897, en las inmediaciones de su arruinado castillo, se pondría fin a una historia que comenzó dos años antes en la vecina localidad de Galisancho.
EL CRIMEN
Se le conoció como “El Crimen de Galisancho”, y con ese nombre ha llegado hasta nosotros. Tuvo una gran repercusión social, no solo por la condición de sacerdote de la victima (cura párroco de aquella población), sino también por el seguimiento sensacionalista realizado por la prensa salmantina de la época que aprovechó el especial interés que despertó esta noticia para refrescar sus vetustas rotativas cansadas de imprimir crónicas de revueltas e insurrecciones independentistas en Cuba y Filipinas.
Los hechos, detallados en el sumario y que a la postre se considerarían probados, se iniciaron en la noche del viernes 20 de diciembre de 1895, en la que tres vecinos de Garcihernandez, apodados Riscas, Capolo y Tapiero, montando a la grupa de tres caballerías tomadas prestadas de la finca de La Granja, se dirigían a Galisancho con la intención de robar en la casa de D. Santiago Santero, párroco de la localidad.
En el camino se encontraron con Cabero, natural de La Lurda y vecino de Aldeaseca que regresaba a su domicilio desde el caserío de Martín Vicente, donde había trabajado todo el día, y al que, ante el temor de ser reconocidos, hicieron conocedor de sus planes y le invitaron a ser un participe más de los mismos. Rechazada la invitación y pensando que involucrándole en la comisión del delito evitarían ser delatados, le amenazaron con una navaja para que de buen grado o por la fuerza se uniera a ellos y de este modo, montando a las ancas de la cabalgadura de Riscas, los cuatro se encaminaron a su destino para ejecutar el robo proyectado.
Alrededor de las doce de la noche llegaron a la casa y tras saltar la tapia del corral y practicar un boquete en una de sus paredes de adobe y otro en la bóveda del horno accedieron a la cocina donde, en un escaño, dormía el domestico de 13 años Pedro Antonio Criado, a quien amenazaron y golpearon para que permaneciera quieto y callado.
De la cocina pasaron a la habitación del sacerdote, a quien también sorprendieron durmiendo, amordazándole fuertemente con un pañuelo impidiéndole, así, que gritara; a continuación le ataron de pies y manos con las cuerdas y alambre de la campanilla de la alcoba y le cubrieron completamente con las ropas de la cama.
Seguidamente penetraron en el dormitorio del ama de gobierno, Ángela García, de 73 años y única sirvienta (junto al muchacho ya mencionado) del señor cura, a quien también golpearon e intimidaron.
Asegurada, de este modo, cualquier tipo de resistencia, procedieron a efectuar un registro de la casa y de su mobiliario no encontrando más dinero que setenta y ocho reales en metálico, de los que se apoderaron para repartirlos con posterioridad. Después de comer unas longanizas que encontraron en la cocina y amenazar a los sirvientes para que no hicieran ningún movimiento hasta después del amanecer, a eso de las tres la madrugada, abandonaron la vivienda llevándose, además del dinero, una escopeta (que días más tarde sería encontrada en el río por unos pescadores, a la altura de la aceña de Oviedo), un reloj de bolsillo de plata y una longaniza, resto de las que antes habían comido.
D. Santiago Santero fallecería como consecuencia de asfixia por sofocación provocada tanto por la mordaza como por las ropas de cama con que se hallaba cubierto, sin que pudiera determinarse con exactitud si el óbito se produjo durante la permanencia de los ladrones en su domicilio o con posterioridad a su salida.
EL SUMARIO
Instruido por D. Alejandro Gutiérrez Barrios, titular del Juzgado de Alba, constaba de 3 piezas, con mas de 900 folios y se incoó en el mediodía del mismo día 21, momento en que acompañado por del médico de la villa, D. Antonio Escudero, se personó el juez en la localidad de Galisancho para realizar la primera inspección ocular, levantamiento del cadáver y diligencia de autopsia.
El resto de las dos primeras piezas estaba compuesto por infinidad de declaraciones y multitud de diligencias e indagaciones sin que éstas ofrecieran resultado alguno en cuanto al esclarecimiento de la autoría del crimen.
La tercera y última pieza comienza el día 3 de junio de 1896 con un atestado de la Guardia Civil en la que ya aparecen los cuatro individuos que posteriormente serían procesados: Blas Vicente Gomez (alias Riscas), labrador, soltero, de 33 años de edad, con instrucción y en regular posición; Antonio Polo Vicente (alias Capolo), zapatero, soltero, de 23 años, con instrucción y de mediana posición; Angel Sierra Flores (alias Tapiero), albañil, soltero de 23 años, con instrucción, en mediana posición, procesado con anterioridad; y Bernardino Martín García (alias Cabero), jornalero, de 31 años, casado con dos hijos, carente de instrucción y de mediana posición.
Tanto Riscas como Tapiero y Capolo niegan rotundamente su autoría, mientras que Cabero presta declaración inculpatoria el día 19 de junio, si bien, ya con anterioridad, en Matarrala, había relatado espontáneamente el modo en que se desarrollaron los hechos ante el alcalde pedáneo de La Lurda, en presencia de dos testigos y de algunos miembros de la Guardia Civil. A partir de este momento el juez instructor ordena la realización de diversos careos, ruedas de reconocimiento y diligencias de reconstrucción de los hechos en distintos lugares relacionados con el crimen, obteniendo como resultado el reconocimiento de Cabero y Tapiero por parte del domestico del párroco, Pero Antonio Criado, y finalmente la confesión de la totalidad de los inculpados.
LA VISTA ORAL
Se desarrolla entre los días 5 y 14 de abril del año 1897 ante la Sala primera de la Audiencia provincial de Salamanca, con sede en el antiguo Palacio de Justicia situado en la plaza de la Lonja, y es objeto de una enorme expectación que en determinados momentos requiere la adopción de medidas especiales para el mantenimiento del orden en sus inmediaciones.
Asisten como espectadores gran número de abogados con toga, numerosos estudiantes de derecho, y público en general que, a diario, completa la totalidad del aforo.
El Tribunal de Derecho lo componen el Presidente D. Tomás Zumalacárregui y los Magistrados señores Heras y Sánchez Cabo. La acusación pública corresponde al Fiscal D. Antonio Medina, y defienden a los procesados D. Nicasio Sánchez Mata (abogado de Blas Vicente), D. Andrés Martín López (abogado de Bernardino Martín), D. José García Revillo (abogado de Ángel Sierra) y D. Manuel Cuesta Perez (abogado de Antonio Polo); ejercen como Procuradores, los del Colegio de Salamanca D. Joaquín Estal Hernández en representación de Riscas, D. Julián Rodriguez Hernández en representación de Cabero y D. Jenaro Duran Cabo en representación de Capolo y Tapiero. Actúa como Secretario de la Sala D. Cayetano Mesa
Liberados los procesados de las ligaduras utilizadas en su traslado, se inicia la primera sesión realizando el oportuno sorteo para determinar la composición del Tribunal Popular del Jurado que habría de entender del caso, y tras los correspondientes juramentos y lectura de las conclusiones provisionales del Fiscal y de los Abogados defensores, se procede al interrogatorio de los reos.
Excepto Cabero, que se ratifica en sus anteriores declaraciones, el resto de procesados se desdice de las suyas alegando haber sido obtenidas bajo torturas de la Guardia Civil y del carcelero de Alba, y se declaran inocentes de los hechos que se les imputan.
Tras ellos comparece en el estrado el muchacho Pedro Antonio Criado quien corrobora sus anteriores declaraciones y vuelve a reconocer (como ya hiciera en la reconstrucción de los hechos y en rueda de presos en la cárcel de Alba) a Cabero y Tapiero como dos de las personas que estuvieron en la cocina de la casa de Galisancho en la noche de autos.
Continuó la vista con la declaración del ama del cura, Ángela García, y del resto de testigos propuestos tanto por le ministerio fiscal como por las distintas defensas (fueron citados 87), así como la de los médicos que, en calidad de expertos, participaron en la realización de la prueba pericial solicitada por los abogados de Riscas, Capolo y Tapiero para determinar una posible enajenación mental de Cabero.
Se llevaron a cabo numerosos careos entre acusados, testigos, guardias civiles… sin que de ninguno de ellos se obtuviera conclusión alguna. En cuanto a las declaraciones de testigos, las más venían a confirmar los hechos detallados en el sumario, si bien, hubo otras exculpatorias que afirmaban haber visto o haber estado con alguno de los procesados en lugares y horas que le imposibilitarían haber perpetrado el crimen del que se le acusaba. Algunos testigos, que compartieron prisión con los acusados durante la fase de instrucción, manifestaron haber escuchado en sus celdas lamentos y quejidos de dolor, avalando así las alegaciones realizadas por las defensas de que las declaraciones realizadas durante esta fase fueron obtenidas bajo tortura; e incluso hubo quien llegó a testificar que un miembro de la guardia civil había dicho, en su presencia, que la comandancia de Alba había dado dinero a Cabero para que declarara quienes eran los autores del crimen.
Concluida esta fase, fiscal y abogados defensores proceden a redactar sus conclusiones definitivas, y a realizar los exordios de acusación, por un lado y de defensa por los otros. Finalizados estos, y no teniendo los procesados nada que manifestar, el Presidente de la Sala realiza un completo resumen de lo acontecido en el juicio y se da lectura a las preguntas a las que el Jurado ha responder para emitir su Veredicto.
Tras cuatro horas de deliberación D. Isidoro Iglesias García en su nombre y en el del resto de los miembros del Jurado procede a dar lectura al Veredicto acordado, contestando a todas las preguntas que se les formularon, y que resulta de inculpabilidad para Cabero y de culpabilidad para el resto de los acusados.
En base al veredicto emitido el Fiscal solicita la imposición de la pena de muerte para Riscas, Capolo y Tapiero y la absolución para Cabero; los abogados de Riscas y Capolo, apreciando circunstancias atenuantes, solicitan para sus defendidos la pena de cadena perpetua; el de Tapiero la de diez y siete años, cuatro meses y un día de prisión, por considerarle únicamente como cómplice, y el de Cabero, de acuerdo con la petición del fiscal, su libre absolución.
A las doce y cuarto de la madruga del ya jueves 15 de abril el Magistrado Ponente Sr. Sánchez Cabo da lectura pública de la sentencia dictada:
“Fallamos que debemos condenar y condenamos a los procesados Blas Vicente, alias Riscas, Ángel Sierra Flores, alias Tapiero y Antonio Polo Vicente, alias Capolo, a la pena de muerte en garrote que sufrirán con arreglo a las prescripciones legales, en la villa de Alba de Tormes y caso de que fuesen indultados de dicha pena, a la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua…
Declaramos exento de toda responsabilidad criminal al Bernardino Martín García, alias Cabero y en su consecuencia le absolvemos libremente […]”
PETICIONES DE INDULTO
Tras haberle sido conmutada a Tapiero la pena de muerte por la inmediata anterior de cadena perpetua, con fecha 10 de noviembre de 1897 se traslada a Madrid una comisión formada por el Alcalde del Ayuntamiento de Alba de Tormes, D. Juan Escudero, los concejales Martín Ávila y Villapecellín y el diputado provincial Sr. Pascua con el fin de gestionar una solicitud de indulto para los reos. Los comisionados, acompañados por todos los representantes en Cortes de la provincia de Salamanca, se dirigieron al Ministerio de Gracia y Justicia para interesar al Ministro y exponerle sus razones de equidad al entender que, en ningún momento, los reos pretendieron causar un mal tan grande como el realizado. En ausencia del Ministro fueron recibidos por el Subsecretario quien se comprometió a dar traslado de su solicitud y de las razones aducidas.
Estas gestiones resultaron infructuosas y la víspera de la fecha fijada para el ajusticiamiento se produce un último y desesperado intento mediante telegrama dirigido por el nuevo alcalde de Alba, D. Natalio Martín Ávila, a S. M. la Reina Regente, del tenor siguiente:
“Excelentísimo Sr. Mayordomo mayor del Palacio Real.- Madrid
A su Majestad la Reina.
SEÑORA
El pueblo de Alba de Tormes, las autoridades civiles y eclesiásticas, las comunidades de Padres y Madres Carmelitas, Isabeles y Benitas y todas las demás asociaciones piadosas; suplican a Vuestra Majestad conceda la gracia de indulto a los infortunados reos del crimen de Galisancho que acaban de ponerse en Capilla.
La villa en la que reposan los restos de la ínclita Doctora Santa Teresa de Jesús y a cuya honra se esta levantando en ésta una Basílica, no duda un momento que, dados los sentimientos magnánimos de misericordia de V.M., accederá si es posible a lo que con gran deseo solicita, librándola de un día de luto.- A.L.R.P. de V.M.
El Alcalde”
En esa misma se recibiría contestación mediante telegrama de la Mayordomía mayor de Palacio indicando que S.M. la Reina Regente había acordado que el telegrama dirigido por el alcalde de Alba pasase al Consejo de Ministros para que conociese de el.
EL VERDUGO
Salustiano León, verdugo de la Audiencia territorial de Cáceres y encargado de ejecutar la sentencia, llegó a la estación de ferrocarril de Alba de Tormes a las siete de la noche del día 8 de diciembre, acompañado por el alguacil de la Audiencia provincial de Salamanca, que portaba la sentencia, y por una pareja de la Guardia Civil, a la que se unieron, al llegar al puente, otros ocho números de ese Instituto y un buen número de curiosos que esperaban su llegada.
Durante su estancia fue objeto de la habitual antipatía que entre el publico en general despertaba el ejercicio de su profesión, así, y a modo de ejemplo, podemos citar que los tres kilómetros de trayecto que separan el pueblo de su estación de ferrocarril hubo de realizarlos a pie por negarse los propietarios de los carruajes de alquiler a transportarlo en ellos, o también que, ya el día 11 y en Salamanca, después de tomar un café en el popular Pasaje, su propietario, y a instancias de los parroquianos, tuvo que destruir el servicio por él utilizado.
LOS REOS
Llegaron en la madrugada del ya 9 de diciembre custodiados por 3 parejas de la Guardia Civil y fueron conducidos a los mismos calabozos de la cárcel de Alba que habían ocupado durante la instrucción del sumario. Al estar estos recién blanqueados el carcelero preguntó si los reconocían a lo que Riscas adujo: “Cuando estuve mucho tiempo en él no le arreglaron y ahora que solo voy a pasar unas horas lo han puesto como nuevo”.
A las ocho de la mañana ingresaron en la capilla para dar cumplimiento a la ley que por entonces requería la permanencia en ella de 24 horas. La habitación que se habilitó para ello medía 8,5 metros de larga por 4,5 de ancha, su mobiliario consistía en una mesa con cuatro sillas y dos camas, y en su frente se levantó el altar. El auxilio espiritual corrió a cargo de los Padres de la Compañía de Jesús Reyero y Segura, y los frailes de la comunidad carmelitana de la villa.
A mediodía se les sirvió la comida, consistente en merluza, cabrito y natillas; una vez finalizada escucharon la lectura de su sentencia que firmaron, con pulso firme, tras manifestar nuevamente su inocencia. Posteriormente solicitaron útiles de escribir para despedirse de sus familias, a cuyo efecto se les facilitó papel, tinta y plumas de ave.Tras cenar con buen apetito y dormir durante algún tiempo, a las cuatro y media de la madrugada oyeron misa, confesaron y comulgaron con gran fervor. Después desayunaron chocolate con bizcochos.
Perdida ya toda esperanza de indulto, y a medida que se acercaba la fatídica hora, la serenidad de los reos aumentaba por momentos, especialmente en el caso de Riscas quien daba muestras de gran resignación y firmeza.
EL PATIBULO
Fue levantado por los carpinteros albenses Manuel y Faustino Gonzalez en la explanada del Teso, inmediato a la Plaza de Toros, muy próximo al castillo, en terrenos donde posteriormente se construirían las escuelas nuevas. Medía siete metros de largo por cinco de ancho por uno y medio de altura y estaba provisto de una escalera de acceso de siete peldaños. Desde él se dominaba toda a la vega del Tormes, y allá, en la lejanía, el pueblo de Galisancho donde se adivinaba la casa en que se cometió el crimen.
Desde primeras horas de la mañana de aquel 10 de diciembre de 1897 un inmenso gentío se agrupaba en torno a él. (Los medios de la época no se ponen de acuerdo al valorar este dato que varía de 3.000 a 10.000 almas en función de la fuente consultada.) Velaban por el mantenimiento del orden un escuadrón de caballería del regimiento de Almansa, desplazado a este efecto desde Salamanca, y fuerzas de la comandancia de de Alba de la Guardia Civil, reforzadas para ésta ocasión con cincuenta efectivos.
Entretanto, desde los aledaños de la plaza, a las ocho en punto del reloj de la villa se ponía en marcha la comitiva que se dirigiría hacia el cadalso a través de las calles Pasaje de Noe, Pescadores, Espolón, Carlos III, plazuela de San Miguel, Benitas y del Teso. Abrían paso 5 números del regimiento de caballería Almansa seguidos por la hermandad de la Santa Vera Cruz. Los reos, vestidos con túnica negra y portando al cuello un escapulario, eran conducidos en dos carros-galera tirados por mulas.
A las 8:20 llegó Capolo al patíbulo acompañado por el Rvdo. Padre Segura, el Arcipreste de Alba y dos carmelitas. En el momento de colocarle la hopa le comentó al verdugo: “No le pido a usted más que me de buena muerte; no tiemble, parece que tiene miedo.” Lamentablemente, la torpeza de éste demoró la ejecución en más de cinco minutos, lo que provocó la unánime protesta de la concurrencia.
A los pocos momentos llegó el carro que conducía a Riscas, quien subió a saltos las escaleras que le separaban del banquillo. Mirando en dirección a Garcihernandez dijo “Adiós para siempre” y a continuación exclamó: “Santa Teresa me valga”. Instantes después expió su pena.
El Padre Reyero, confesor y acompañante del Riscas hasta el patíbulo, dirigió la palabra al público asistente pidiendo oraciones para los que acaban de morir y encargando a los padres de familia especial esmero en la educación de sus hijos. Mientras, doblaban las campanas de San Pedro donde se celebraron funerales por el eterno descanso de las almas de los reos.
Fueron muchos los curiosos que, durante todo el día se acercaron al cadalso a contemplar los cadáveres que en él permanecieron expuestos hasta las cuatro de la tarde, momento en que el verdugo los entregó a la hermandad de Santa Vera Cruz para su traslado, en cajas parroquiales y por las afueras, al cementerio de la villa donde, sin caja, se les dio tierra en sepulturas separadas, momento en que por el actuario del juzgado, Sr. Lafuente, extendió la última diligencia, de enterramiento, en la causa.
BIBLIOGRAFÍA
Se le conoció como “El Crimen de Galisancho”, y con ese nombre ha llegado hasta nosotros. Tuvo una gran repercusión social, no solo por la condición de sacerdote de la victima (cura párroco de aquella población), sino también por el seguimiento sensacionalista realizado por la prensa salmantina de la época que aprovechó el especial interés que despertó esta noticia para refrescar sus vetustas rotativas cansadas de imprimir crónicas de revueltas e insurrecciones independentistas en Cuba y Filipinas.
Los hechos, detallados en el sumario y que a la postre se considerarían probados, se iniciaron en la noche del viernes 20 de diciembre de 1895, en la que tres vecinos de Garcihernandez, apodados Riscas, Capolo y Tapiero, montando a la grupa de tres caballerías tomadas prestadas de la finca de La Granja, se dirigían a Galisancho con la intención de robar en la casa de D. Santiago Santero, párroco de la localidad.
En el camino se encontraron con Cabero, natural de La Lurda y vecino de Aldeaseca que regresaba a su domicilio desde el caserío de Martín Vicente, donde había trabajado todo el día, y al que, ante el temor de ser reconocidos, hicieron conocedor de sus planes y le invitaron a ser un participe más de los mismos. Rechazada la invitación y pensando que involucrándole en la comisión del delito evitarían ser delatados, le amenazaron con una navaja para que de buen grado o por la fuerza se uniera a ellos y de este modo, montando a las ancas de la cabalgadura de Riscas, los cuatro se encaminaron a su destino para ejecutar el robo proyectado.
Alrededor de las doce de la noche llegaron a la casa y tras saltar la tapia del corral y practicar un boquete en una de sus paredes de adobe y otro en la bóveda del horno accedieron a la cocina donde, en un escaño, dormía el domestico de 13 años Pedro Antonio Criado, a quien amenazaron y golpearon para que permaneciera quieto y callado.
De la cocina pasaron a la habitación del sacerdote, a quien también sorprendieron durmiendo, amordazándole fuertemente con un pañuelo impidiéndole, así, que gritara; a continuación le ataron de pies y manos con las cuerdas y alambre de la campanilla de la alcoba y le cubrieron completamente con las ropas de la cama.
Seguidamente penetraron en el dormitorio del ama de gobierno, Ángela García, de 73 años y única sirvienta (junto al muchacho ya mencionado) del señor cura, a quien también golpearon e intimidaron.
Asegurada, de este modo, cualquier tipo de resistencia, procedieron a efectuar un registro de la casa y de su mobiliario no encontrando más dinero que setenta y ocho reales en metálico, de los que se apoderaron para repartirlos con posterioridad. Después de comer unas longanizas que encontraron en la cocina y amenazar a los sirvientes para que no hicieran ningún movimiento hasta después del amanecer, a eso de las tres la madrugada, abandonaron la vivienda llevándose, además del dinero, una escopeta (que días más tarde sería encontrada en el río por unos pescadores, a la altura de la aceña de Oviedo), un reloj de bolsillo de plata y una longaniza, resto de las que antes habían comido.
D. Santiago Santero fallecería como consecuencia de asfixia por sofocación provocada tanto por la mordaza como por las ropas de cama con que se hallaba cubierto, sin que pudiera determinarse con exactitud si el óbito se produjo durante la permanencia de los ladrones en su domicilio o con posterioridad a su salida.
EL SUMARIO
Instruido por D. Alejandro Gutiérrez Barrios, titular del Juzgado de Alba, constaba de 3 piezas, con mas de 900 folios y se incoó en el mediodía del mismo día 21, momento en que acompañado por del médico de la villa, D. Antonio Escudero, se personó el juez en la localidad de Galisancho para realizar la primera inspección ocular, levantamiento del cadáver y diligencia de autopsia.
El resto de las dos primeras piezas estaba compuesto por infinidad de declaraciones y multitud de diligencias e indagaciones sin que éstas ofrecieran resultado alguno en cuanto al esclarecimiento de la autoría del crimen.
La tercera y última pieza comienza el día 3 de junio de 1896 con un atestado de la Guardia Civil en la que ya aparecen los cuatro individuos que posteriormente serían procesados: Blas Vicente Gomez (alias Riscas), labrador, soltero, de 33 años de edad, con instrucción y en regular posición; Antonio Polo Vicente (alias Capolo), zapatero, soltero, de 23 años, con instrucción y de mediana posición; Angel Sierra Flores (alias Tapiero), albañil, soltero de 23 años, con instrucción, en mediana posición, procesado con anterioridad; y Bernardino Martín García (alias Cabero), jornalero, de 31 años, casado con dos hijos, carente de instrucción y de mediana posición.
Tanto Riscas como Tapiero y Capolo niegan rotundamente su autoría, mientras que Cabero presta declaración inculpatoria el día 19 de junio, si bien, ya con anterioridad, en Matarrala, había relatado espontáneamente el modo en que se desarrollaron los hechos ante el alcalde pedáneo de La Lurda, en presencia de dos testigos y de algunos miembros de la Guardia Civil. A partir de este momento el juez instructor ordena la realización de diversos careos, ruedas de reconocimiento y diligencias de reconstrucción de los hechos en distintos lugares relacionados con el crimen, obteniendo como resultado el reconocimiento de Cabero y Tapiero por parte del domestico del párroco, Pero Antonio Criado, y finalmente la confesión de la totalidad de los inculpados.
LA VISTA ORAL
Se desarrolla entre los días 5 y 14 de abril del año 1897 ante la Sala primera de la Audiencia provincial de Salamanca, con sede en el antiguo Palacio de Justicia situado en la plaza de la Lonja, y es objeto de una enorme expectación que en determinados momentos requiere la adopción de medidas especiales para el mantenimiento del orden en sus inmediaciones.
Asisten como espectadores gran número de abogados con toga, numerosos estudiantes de derecho, y público en general que, a diario, completa la totalidad del aforo.
El Tribunal de Derecho lo componen el Presidente D. Tomás Zumalacárregui y los Magistrados señores Heras y Sánchez Cabo. La acusación pública corresponde al Fiscal D. Antonio Medina, y defienden a los procesados D. Nicasio Sánchez Mata (abogado de Blas Vicente), D. Andrés Martín López (abogado de Bernardino Martín), D. José García Revillo (abogado de Ángel Sierra) y D. Manuel Cuesta Perez (abogado de Antonio Polo); ejercen como Procuradores, los del Colegio de Salamanca D. Joaquín Estal Hernández en representación de Riscas, D. Julián Rodriguez Hernández en representación de Cabero y D. Jenaro Duran Cabo en representación de Capolo y Tapiero. Actúa como Secretario de la Sala D. Cayetano Mesa
Liberados los procesados de las ligaduras utilizadas en su traslado, se inicia la primera sesión realizando el oportuno sorteo para determinar la composición del Tribunal Popular del Jurado que habría de entender del caso, y tras los correspondientes juramentos y lectura de las conclusiones provisionales del Fiscal y de los Abogados defensores, se procede al interrogatorio de los reos.
Excepto Cabero, que se ratifica en sus anteriores declaraciones, el resto de procesados se desdice de las suyas alegando haber sido obtenidas bajo torturas de la Guardia Civil y del carcelero de Alba, y se declaran inocentes de los hechos que se les imputan.
Tras ellos comparece en el estrado el muchacho Pedro Antonio Criado quien corrobora sus anteriores declaraciones y vuelve a reconocer (como ya hiciera en la reconstrucción de los hechos y en rueda de presos en la cárcel de Alba) a Cabero y Tapiero como dos de las personas que estuvieron en la cocina de la casa de Galisancho en la noche de autos.
Continuó la vista con la declaración del ama del cura, Ángela García, y del resto de testigos propuestos tanto por le ministerio fiscal como por las distintas defensas (fueron citados 87), así como la de los médicos que, en calidad de expertos, participaron en la realización de la prueba pericial solicitada por los abogados de Riscas, Capolo y Tapiero para determinar una posible enajenación mental de Cabero.
Se llevaron a cabo numerosos careos entre acusados, testigos, guardias civiles… sin que de ninguno de ellos se obtuviera conclusión alguna. En cuanto a las declaraciones de testigos, las más venían a confirmar los hechos detallados en el sumario, si bien, hubo otras exculpatorias que afirmaban haber visto o haber estado con alguno de los procesados en lugares y horas que le imposibilitarían haber perpetrado el crimen del que se le acusaba. Algunos testigos, que compartieron prisión con los acusados durante la fase de instrucción, manifestaron haber escuchado en sus celdas lamentos y quejidos de dolor, avalando así las alegaciones realizadas por las defensas de que las declaraciones realizadas durante esta fase fueron obtenidas bajo tortura; e incluso hubo quien llegó a testificar que un miembro de la guardia civil había dicho, en su presencia, que la comandancia de Alba había dado dinero a Cabero para que declarara quienes eran los autores del crimen.
Concluida esta fase, fiscal y abogados defensores proceden a redactar sus conclusiones definitivas, y a realizar los exordios de acusación, por un lado y de defensa por los otros. Finalizados estos, y no teniendo los procesados nada que manifestar, el Presidente de la Sala realiza un completo resumen de lo acontecido en el juicio y se da lectura a las preguntas a las que el Jurado ha responder para emitir su Veredicto.
Tras cuatro horas de deliberación D. Isidoro Iglesias García en su nombre y en el del resto de los miembros del Jurado procede a dar lectura al Veredicto acordado, contestando a todas las preguntas que se les formularon, y que resulta de inculpabilidad para Cabero y de culpabilidad para el resto de los acusados.
En base al veredicto emitido el Fiscal solicita la imposición de la pena de muerte para Riscas, Capolo y Tapiero y la absolución para Cabero; los abogados de Riscas y Capolo, apreciando circunstancias atenuantes, solicitan para sus defendidos la pena de cadena perpetua; el de Tapiero la de diez y siete años, cuatro meses y un día de prisión, por considerarle únicamente como cómplice, y el de Cabero, de acuerdo con la petición del fiscal, su libre absolución.
A las doce y cuarto de la madruga del ya jueves 15 de abril el Magistrado Ponente Sr. Sánchez Cabo da lectura pública de la sentencia dictada:
“Fallamos que debemos condenar y condenamos a los procesados Blas Vicente, alias Riscas, Ángel Sierra Flores, alias Tapiero y Antonio Polo Vicente, alias Capolo, a la pena de muerte en garrote que sufrirán con arreglo a las prescripciones legales, en la villa de Alba de Tormes y caso de que fuesen indultados de dicha pena, a la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua…
Declaramos exento de toda responsabilidad criminal al Bernardino Martín García, alias Cabero y en su consecuencia le absolvemos libremente […]”
PETICIONES DE INDULTO
Tras haberle sido conmutada a Tapiero la pena de muerte por la inmediata anterior de cadena perpetua, con fecha 10 de noviembre de 1897 se traslada a Madrid una comisión formada por el Alcalde del Ayuntamiento de Alba de Tormes, D. Juan Escudero, los concejales Martín Ávila y Villapecellín y el diputado provincial Sr. Pascua con el fin de gestionar una solicitud de indulto para los reos. Los comisionados, acompañados por todos los representantes en Cortes de la provincia de Salamanca, se dirigieron al Ministerio de Gracia y Justicia para interesar al Ministro y exponerle sus razones de equidad al entender que, en ningún momento, los reos pretendieron causar un mal tan grande como el realizado. En ausencia del Ministro fueron recibidos por el Subsecretario quien se comprometió a dar traslado de su solicitud y de las razones aducidas.
Estas gestiones resultaron infructuosas y la víspera de la fecha fijada para el ajusticiamiento se produce un último y desesperado intento mediante telegrama dirigido por el nuevo alcalde de Alba, D. Natalio Martín Ávila, a S. M. la Reina Regente, del tenor siguiente:
“Excelentísimo Sr. Mayordomo mayor del Palacio Real.- Madrid
A su Majestad la Reina.
SEÑORA
El pueblo de Alba de Tormes, las autoridades civiles y eclesiásticas, las comunidades de Padres y Madres Carmelitas, Isabeles y Benitas y todas las demás asociaciones piadosas; suplican a Vuestra Majestad conceda la gracia de indulto a los infortunados reos del crimen de Galisancho que acaban de ponerse en Capilla.
La villa en la que reposan los restos de la ínclita Doctora Santa Teresa de Jesús y a cuya honra se esta levantando en ésta una Basílica, no duda un momento que, dados los sentimientos magnánimos de misericordia de V.M., accederá si es posible a lo que con gran deseo solicita, librándola de un día de luto.- A.L.R.P. de V.M.
El Alcalde”
En esa misma se recibiría contestación mediante telegrama de la Mayordomía mayor de Palacio indicando que S.M. la Reina Regente había acordado que el telegrama dirigido por el alcalde de Alba pasase al Consejo de Ministros para que conociese de el.
EL VERDUGO
Salustiano León, verdugo de la Audiencia territorial de Cáceres y encargado de ejecutar la sentencia, llegó a la estación de ferrocarril de Alba de Tormes a las siete de la noche del día 8 de diciembre, acompañado por el alguacil de la Audiencia provincial de Salamanca, que portaba la sentencia, y por una pareja de la Guardia Civil, a la que se unieron, al llegar al puente, otros ocho números de ese Instituto y un buen número de curiosos que esperaban su llegada.
Durante su estancia fue objeto de la habitual antipatía que entre el publico en general despertaba el ejercicio de su profesión, así, y a modo de ejemplo, podemos citar que los tres kilómetros de trayecto que separan el pueblo de su estación de ferrocarril hubo de realizarlos a pie por negarse los propietarios de los carruajes de alquiler a transportarlo en ellos, o también que, ya el día 11 y en Salamanca, después de tomar un café en el popular Pasaje, su propietario, y a instancias de los parroquianos, tuvo que destruir el servicio por él utilizado.
LOS REOS
Llegaron en la madrugada del ya 9 de diciembre custodiados por 3 parejas de la Guardia Civil y fueron conducidos a los mismos calabozos de la cárcel de Alba que habían ocupado durante la instrucción del sumario. Al estar estos recién blanqueados el carcelero preguntó si los reconocían a lo que Riscas adujo: “Cuando estuve mucho tiempo en él no le arreglaron y ahora que solo voy a pasar unas horas lo han puesto como nuevo”.
A las ocho de la mañana ingresaron en la capilla para dar cumplimiento a la ley que por entonces requería la permanencia en ella de 24 horas. La habitación que se habilitó para ello medía 8,5 metros de larga por 4,5 de ancha, su mobiliario consistía en una mesa con cuatro sillas y dos camas, y en su frente se levantó el altar. El auxilio espiritual corrió a cargo de los Padres de la Compañía de Jesús Reyero y Segura, y los frailes de la comunidad carmelitana de la villa.
A mediodía se les sirvió la comida, consistente en merluza, cabrito y natillas; una vez finalizada escucharon la lectura de su sentencia que firmaron, con pulso firme, tras manifestar nuevamente su inocencia. Posteriormente solicitaron útiles de escribir para despedirse de sus familias, a cuyo efecto se les facilitó papel, tinta y plumas de ave.Tras cenar con buen apetito y dormir durante algún tiempo, a las cuatro y media de la madrugada oyeron misa, confesaron y comulgaron con gran fervor. Después desayunaron chocolate con bizcochos.
Perdida ya toda esperanza de indulto, y a medida que se acercaba la fatídica hora, la serenidad de los reos aumentaba por momentos, especialmente en el caso de Riscas quien daba muestras de gran resignación y firmeza.
EL PATIBULO
Fue levantado por los carpinteros albenses Manuel y Faustino Gonzalez en la explanada del Teso, inmediato a la Plaza de Toros, muy próximo al castillo, en terrenos donde posteriormente se construirían las escuelas nuevas. Medía siete metros de largo por cinco de ancho por uno y medio de altura y estaba provisto de una escalera de acceso de siete peldaños. Desde él se dominaba toda a la vega del Tormes, y allá, en la lejanía, el pueblo de Galisancho donde se adivinaba la casa en que se cometió el crimen.
Desde primeras horas de la mañana de aquel 10 de diciembre de 1897 un inmenso gentío se agrupaba en torno a él. (Los medios de la época no se ponen de acuerdo al valorar este dato que varía de 3.000 a 10.000 almas en función de la fuente consultada.) Velaban por el mantenimiento del orden un escuadrón de caballería del regimiento de Almansa, desplazado a este efecto desde Salamanca, y fuerzas de la comandancia de de Alba de la Guardia Civil, reforzadas para ésta ocasión con cincuenta efectivos.
Entretanto, desde los aledaños de la plaza, a las ocho en punto del reloj de la villa se ponía en marcha la comitiva que se dirigiría hacia el cadalso a través de las calles Pasaje de Noe, Pescadores, Espolón, Carlos III, plazuela de San Miguel, Benitas y del Teso. Abrían paso 5 números del regimiento de caballería Almansa seguidos por la hermandad de la Santa Vera Cruz. Los reos, vestidos con túnica negra y portando al cuello un escapulario, eran conducidos en dos carros-galera tirados por mulas.
A las 8:20 llegó Capolo al patíbulo acompañado por el Rvdo. Padre Segura, el Arcipreste de Alba y dos carmelitas. En el momento de colocarle la hopa le comentó al verdugo: “No le pido a usted más que me de buena muerte; no tiemble, parece que tiene miedo.” Lamentablemente, la torpeza de éste demoró la ejecución en más de cinco minutos, lo que provocó la unánime protesta de la concurrencia.
A los pocos momentos llegó el carro que conducía a Riscas, quien subió a saltos las escaleras que le separaban del banquillo. Mirando en dirección a Garcihernandez dijo “Adiós para siempre” y a continuación exclamó: “Santa Teresa me valga”. Instantes después expió su pena.
El Padre Reyero, confesor y acompañante del Riscas hasta el patíbulo, dirigió la palabra al público asistente pidiendo oraciones para los que acaban de morir y encargando a los padres de familia especial esmero en la educación de sus hijos. Mientras, doblaban las campanas de San Pedro donde se celebraron funerales por el eterno descanso de las almas de los reos.
Fueron muchos los curiosos que, durante todo el día se acercaron al cadalso a contemplar los cadáveres que en él permanecieron expuestos hasta las cuatro de la tarde, momento en que el verdugo los entregó a la hermandad de Santa Vera Cruz para su traslado, en cajas parroquiales y por las afueras, al cementerio de la villa donde, sin caja, se les dio tierra en sepulturas separadas, momento en que por el actuario del juzgado, Sr. Lafuente, extendió la última diligencia, de enterramiento, en la causa.
BIBLIOGRAFÍA
- El Adelanto
- El Clarín
- El Fomento de Salamanca
- El Imparcial
- El Lábaro
- La Clave
- La Iberia
- La Información de Salamanca
- La Opinión
- La Voz de Peñaranda
¿Qué fue de Tapiero?
ResponderEliminarMe gustaría conocer qué dice el sumario, y dónde lo podría consultar, relativo a Tapiero; cuáles fueron las circunstancias por las que se le considera cómplice y no ejecutor.
Según la "transmisión oral" de la familia, parece ser que de las declaraciones del pupilo del cura se desprende que su actitud, mientras estaban en la casa del párroco, fue remisa a los desmanes y bravuconadas de Riscas y Capolo. Se cuenta que al olor de los chorizos apareció un gato por la cocina y que Riscas lo agarró por el rabo y volteándolo lo estrelló contra el suelo, advirtiendo al muchacho que le pasaría lo mismo si les delataba. Ante estas actitudes era Tapiero el que protestaba e insistía en dejarlo e irse de la casa.
Durante muchos años a las generaciones posteriores al hecho no se le daban muchos detalles del "asunto". En esos años de principios de siglo, en un pueblo pequeño como Garcihernández, el estigma estaba asegurado. Sin embargo, parece ser que nunca las familias oyeron o recibieron reproche alguno de sus convecinos. En particular "los tapieros" siempre han sido - hemos sido - respetados y considerados por la comunidad.
Y, ¿qué fue de Tapiero?.
Al parecer se le trasladó a cumplir su condena a Mahón, donde permaneció una temporada que no sé precisar.
Mientras, los hermanos de Angel hicieron gestiones y reunieron una cierta cantidad de dinero suficiente para proporcionarle la huída en bote hasta un barco cercano.
A partir de aquí Tapiero mantiene relación epistolar con la familia durante unos años desde el continente americano, de la que no queda constancia a dia de hoy.
Saludos.
Leandro Sierra Sánchez
Getafe
leasierra(arroba)gmail(punto)com
Gracias, Leandro, por su visita, por su participación y, muy especialmente, por sus aportaciones relativas a los hechos aquí relatados y al incierto devenir de Tapiero, a quien «Teniendo en cuenta que el reo no tomó participación material en el homicidio, permaneciendo alejado del lugar en que se perpetraba» le fue conmutada la pena capital, que en principio le fue impuesta, por la «inmediata de cadena perpetua y accesorias correspondientes» mediante Real Decreto de 29 de noviembre de 1897 firmado por Maria Cristina, Reina Regente de España, en nombre de su hijo Alfonso XIII.
ResponderEliminarhola, queria aportar un dato del crimen del cura de galisancho. Pedro Antonio, el chico que estaba con el cura el dia que lo mataron, fue el que los delatò a la guardia civil. Este chico ( que era hermano de mi bisabuelo) era de Gallegillos, y el dia de la fiesta, riscas capolo y tapiero fueron a jugar a la calva a esta localidad, sin saber que el chico que estaba con el cura era de allí. Pedro Antonio en cuanto los vió los reconoció y ellos al verle se dieron cuenta de que estaban delatados
ResponderEliminarMuchas gracias, Anónimo, por tu visita y por tu aportación que a pesar del tiempo transcurrido viene a enriquecer esta historia con detalles hasta ahora desconocidos.
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