Ya hablamos de ello –del voto– en octubre del 2011 y recientemente hemos tenido ocasión de consultar la referencia que a este acto se hace en el libro de fray Diego de San José¹ en el que se describen las primeras fiestas teresianas.
Ahora, al conmemorar el IV Centenario de su promulgación, advertimos un anacronismo, una ligera discrepancia de fechas, que nos impide afirmar con seguridad el día correcto de su efeméride. Por un lado, fray Diego de San José afirma que el voto se realizó el lunes², a la sazón 6 de octubre de 1614, mientas que por otro, en el documento en que se formalizó por escrito se cita como fecha de su proclamación el día 7 del mismo mes y año³.
Aunque hasta ahora se había dado por buena esa fecha del 7 de octubre, nosotros la ponemos en duda y nos inclinamos a pensar que la correcta, y por tanto en la que debe conmemorarse su aniversario, es la del 6. Para ello nos basamos, no tanto en la minuciosidad del relato, sino, y sobre todo, en la exactitud en la data –semanal y mensual– de otras celebraciones mencionadas en el compendio de fray Diego⁴, así como en la circunstancia de que el escrito en el que se cita el 7 de octubre no sea el documento original –que no se conserva– sino una copia autorizada y extendida por fedatario público un año más tarde (27 de noviembre de 1615) en la que bien podría haberse producido un equívoco en la fecha.
Sea como fuere, la importancia no radica en la fecha sino en el solemne juramento⁵ realizado por las autoridades de Alba –bien el 6, bien el 7 de octubre de 1614– de celebrar a perpetuidad la festividad de Santa Teresa, por entonces fijada para el día 5 de octubre y posteriormente trasladada al 15 del mismo mes.
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¹ Fray Diego de San Jose, Compendio de las solemnes fiestas que en toda España se hicieron en la Beatificación de N.M.S. Teresa de Jesús, fundadora de la reformación de Descalzos y Descalzas de N.S. del Carmen, Madrid 1615
² El lunes siguiente celebró la villa su fiesta (que la del día precedente toda salió en nombre de los Duques) con misa solemnísima: díjola el Padre Definidor primero de los Descalzos Carmelitas. Predicó a ella el reverendísimo padre Maestro fray Antonio Perez, General que fue de la Orden de San Benito, persona muy docta en todo género de letras, grande predicador, y de acción singular, el sermón fue erudito, enriquecido de lugares, con trabazón y galán discurso. Asistió al oficio el señor Obispo y se acabó con un término muy devoto, pues a este tiempo, y en manos del mismo Prelado los Comisarios y procurador de la villa en nombre, y con poder de ella, y los Sesmeros de su tierra, otro si en nombre de toda ella hicieron voto de guardar y solemnizar este día de la Santa para siempre jamás y el señor Obispo lo confirmó. (Ibid.)
³ En El Nombre De Dios Amen. Sea notorio y manifiesto á los presentes y venideros, como en la Villa de Alua de Tormes, de la Diocesis de Salamanca, en el año del Nacimiento de N. S. Jesu Christo, de mil y seyscientos y catorze, en la indición duodecima, á siete dias del mes de Octubre del Pontificado de nuestro Santisimo Padre y Señor Pavlo,… (La Basílica Teresiana, año II, nº 15, 15 de diciembre de1898, pág. 478)
⁴ Viernes que se contaron tres de octubre, a las cuatro de la tarde llegó a la villa de Alba el señor Obispo de Salamanca… (Fray Diego de San Jose, Ibid.)
⁵ En el nombre de Dios Amen. Sea notorio y manifiesto á los presentes y venideros, como en la Villa de Alba de Tormes, de la Diócesis de Salamanca, en el año del nacimiento de N. S. Jesucristo, de mil seiscientos catorce, en la indición duodécima, á siete días del mes de octubre del Pontificado de nuestro Santísimo Padre y Señor Pablo, por la divina providencia Papa V año undécimo. Reinando en estos Reinos de España D. Felipe III de este nombre nuestro señor. Estando dentro de la Iglesia del Monasterio de Descalcas Carmelitas de la dicha Villa, al Altar Mayor, después de acabada la Misa Mayor y sermón que con gran solemnidad se celebro el dicho día en la dicha Iglesia del dicho Monasterio ante su Señoría D. Luis Fernández de Córdoba por la gracia de Dios y de la Santa Sede Apostólica, Obispo de Salamanca, del Consejo de Su Majestad, parecieron presentes por el Abad y Clerecía de la dicha Villa de Alba los Señores Francisco Rodriguez de León, Clérigo, Vicario de la dicha Villa, Juan de Almansa de Santa Maria, Racionero en la Iglesia de San Hervas, de la dicha Villa, y el Bachiller Matías de Mera, Beneficiado de Santiago de la dicha Villa. Y por la dicha Villa de Alba, Concejo, justicia y Regimiento de ella, Juan González Bretón, Alonso de Paz Cornejo, Francisco de Terrazas, Regidores de la dicha Villa, y Francisco Nieto, Procurador general de la dicha Villa y por los lugares de la tierra de la dicha Villa de Alba, Gerónimo Jiménez y Francisco Muñoz Sesmeros, y humildemente hincados de rodillas en nombre de la dicha Clarecía, Concejo, Justicia y Regimiento y Lugares de la tierra y por virtud de los poderes y especiales comisiones que para lo infrascrito les fue dado por los dichos Abad y Clerecía de la dicha Villa, y por los dichos Concejo, Justicia y Regimiento de la dicha Villa y Lugares de la tierra: dijeron que por cuanto la dicha Villa de Alba y su tierra ha recibido por su intercesora y especial abogada á la bendita Santa Madre Teresa de Jesús, fundadora de Carmelitas Descalzas, beatificada por el mismo nuestro Santísimo Padre, teniendo atención á su esclarecida y santa vida y milagros y que su glorioso cuerpo está en el dicho Monasterio de Descalzas Carmelitas de la dicha Villa, por ella fundado, y á los muchos y grandes beneficios que la dicha Villa y tierra por su intercesión han recibido en vida y muerte y por otras muchas que á ello les movieron. Y así mismo acordó la dicha Villa, y Clarecía, y tierra, de feriar el día de su fiesta, que es á cinco días del mes de Octubre, con voto perpetuo para siempre jamás, y les fue dado poder y comisión en forma para hacer el dicho voto y juramento solemne. Aceptando como aceptaron el dicho poder y comisión, y queriendo usar de él, y ejecutar y cumplir lo que les fue cometido, prometieron y juraron en manos de Su Señoría el dicho señor Obispo, por Dios nuestro Señor y Santa Maria, su bendita Madre, y por los Santos cuatro Evangelios y Cruz en que corporalmente pusieron sus manos derechas, que desde el presente día en adelante para todo el tiempo del mundo y siempre jamás habrán y tendrán y esta dicha Villa y tierra habrán y tendrán por día de fiesta y feriado el que se contara cinco días del mes de Octubre de cada un año en que la beatitud del mismo nuestro Santísimo Padre Pablo Papa y, por su breve especial mando celebrar su fiesta de la misma Santa Madre Teresa de Jesús, y lo guardaran como los demás días festivos que la Santa Iglesia Romana manda guardar, cesando de todos los actos judiciales y labores ordinarios de días de trabajo. Y pidieron y suplicaron á Su Señoría el dicho Señor Obispo admita, apruebe y confirme el dicho voto y juramento con interposición de su autoridad y decreto y á los presentes que fuesen testigos y lo firmaron.=El Bachiller Francisco Rodriguez de León, Juan Almansa de Santa Maria, el Bachiller. Natías de Mera, Juan González Bretón, Alonso de Medrano Cornejo de Paz, Francisco de Terrazas Villa, Francisco Nieto, Francisco Muñoz, por Benito Sánchez, Miguel Ruiz de Frías.
Y luego incontinente, su señoría el dicho señor Obispo de Salamanca en presencia, y por ante mí, Juan Rodriguez de Silva, Notario, su Secretario, y de los testigos infrascritos, dijo que en la vía y forma que más ha lugar de derecho, recibía y recibió el dicho voto, promesa y juramento hecho en la dicha forma por los dichos Francisco Rodriguez de León, Vicario, Juan de Almansa y Bachiller Matías de Mera, por la dicha Clerecía, y Juan González Bretón, Alonso de Paz Cornejo, Francisco Terrazas, Francisco Nieto y Jerónimo Jiménez, Francisco Muñoz, Don Antonio Costilla, Regidores, Procurador y Sesmeros por la dicha Villa y tierra. Y como Pastor y Prelado de este Obispado, lo aprobaba y confirmaba, aprobó y confirmó, y mandaba y mandó, que así la dicha Villa y tierra lo guarde y cumpla para siempre jamás, y en cuanto ha lugar de derecho á todo ello, dijo que interponía e interpuso su autoridad y decreto, y lo firmo de su mano, y los dichos eclesiásticos y seglares en nombre de la dicha Villa y tierra lo pidieron por testimonio. Y su señoría se lo mando dar en autentica forma en uno y muchos instrumentos, estando á todo ello presentes Gil González de Ávila, Racionero de la Santa Iglesia de Salamanca; el Maestro Garcia Hurtado de Avendaño, Visitador de este Obispado; el Licenciado Diego de Villa-Gutierre, el Licenciado Juan de Medina, Oidores del Consejo del excelentísimo señor duque de Alba, y el Licenciado Carmona Altamirano y Diego Hernandez, Clérigo, estantes en la dicha Villa de Alba, y otras muchas personas eclesiásticas, y seglares y religiosos que la fiesta de la Santa Madre que en el dicho Monasterio se celebro el dicho día habían acudido en gran multitud. Y yo el dicho Notario-Secretario que de ello doy fe.=Don Luis, Obispo de Salamanca.=Ante mí, Juan Rodriguez de Silva, Secretario. (La Basílica Teresiana, Ibid., pág. 478-480)
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